Mojácar

Nacimientos

Inscripción de nacimiento en el Registro Civil.

Registro Civil de Mojácar. Centro de usos múltiples, Avda Andalucía cruce Ctra. Turre.
Telf: 950 61 50 83

Qué es la inscripción de nacimiento

La inscripción de nacimiento es el asiento registral que certifica el hecho del nacimiento, la fecha, hora y lugar en que se produjo y el sexo y la filiación del inscrito.

Quién puede promover la inscrición

Si los padres están casados entre sí:

  • El padre, la madre, ambos conjuntamente o cualquier pariente o amigo mayor de edad.

Si los padres no están casados entre sí:

  • El padre debe comparecer obligatoriamente si se pretende hacer constar quiénes son el padre y la madre del nacido.
  • La madre o cualquier pariente o amigo suyo, si no se va a hacer constar quién es el padre del nacido.
  • Si la madre está separada legalmente o divorciada deberán traer copia de la sentencia de separación o divorcio, o certificado de su anterior matrimonio.
  • Si el padre o la madre son menores de edad la inscripción de nacimiento se hace por medio de un expediente.

Plazo para la inscripción

Desde que transcurren 24 horas desde el parto hasta los 8 días naturales siguientes al mismo, ampliables a 30 días naturales si hay justa causa.

Documentos necesarios para realizar la inscripción

  • Cuestionario para la Declaración de Nacimiento, impreso de color amarillo, completamente rellenado (lo facilita el Hospital).
  • Boletín Estadístico de Parto, cuadernillo de color rosa, completamente rellenado (lo facilita el Hospital o el Registro Civil).
  • Libro de familia, en caso de que los padres estén casados o hayan tenido hijos comunes anteriormente. Si los padres son extranjeros y están casados, prueba de su matrimonio (certificado de matrimonio, libro de familia extranjero, etc).
  • DNI, Pasaporte o Tarjeta NIE de los padres.

Dónde se realiza la inscripción

En el Registro Civil de la localidad en que haya tenido lugar el nacimiento.
También puede registrarse en el Registro Civil de la localidad del domicilio de los padres si no coincide éste con el lugar de nacimiento; para ello es preciso:

  • Que tanto el padre como la madre tengan en domicilio en dicha localidad y lo acrediten mediante el Documento Nacional de Identidad, o en su defecto certificado de empadronamiento u otro documento que así lo acredite.
  • Que lo soliciten conjuntamente en el Registro Civil donde se pretende la inscripción el padre y la madre en el plazo arriba indicado.
  • Que presenten certificación del Hospital de que éste no ha promovido tampoco la inscripción en el Registro Civil del lugar del nacimiento (la facilita el Hospital).

Si se inscribe el nacimiento en el Registro Civil del domicilio de los padres, éste se considera a todos los efectos como lugar del nacimiento.